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En Chile existen tres tipos de divorcio:
– Divorcio Unilateral.
– Divorcio Mutuo Acuerdo.
– Divorcio Culposo.
La pensión alimenticia, o el derecho de alimentos, es la facultad que tienen los hijos (o “alimentarios”), de exigir se les proporcionen los medios adecuados para subsistir de acuerdo a su posición social., sino también la educación, la vestimenta, la salud, la vivienda, la recreación etc.
Comunmente conocidos como “régimen de visitas” estas son posible de regular una RDR de dos formas:
– Extrajudicialmente.
– Judicialmente.
La sociedad conyugal puede terminar por sentencia de divorcio, nulidad o separación debienes, por muerte de uno de los cónyuges o por cambio a otro sistema patrimonial, entre otros.
En Chile es posible realizar el cambio de nombre y apellido gracias a las Ley 17.344. Esta norma autoriza el cambio de nombres y apellidos en nuestro sistema jurídico, siempre y cuando se ajuste a alguno de los casos que se indican explícitamente en la norma.
La renuncia a los gananciales es un derecho privativo de la mujer o de sus herederos, que no precisa de expresar causa o razones.
Durante el matrimonio el régimen de sociedad conyugal puede ser sustituido por el de participación en los gananciales o por el de separación total. También puede substituirse la separación total por participación en los gananciales y viceversa.
– Escrituras de Renuncia a los Gananciales
– Escrituras de Cambio de Régimen Patrimonial
– Escrituras de Liquidación de Sociedad Conyugal
– Escrituras de Adjudicación de bienes
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